LO PRESUNTO Y LO HIPOTÉTICO
En esta época,
cuando el periodismo, radial, televisivo y escrito, llegan prácticamente a toda
la población, se ha constituido en un factor muy importante no solo en la
información y análisis de los acontecimientos, sino un medio muy eficaz de educación,
y de manera especial en un instrumento para
la difusión del buen uso del lenguaje.
Desde hace algún tiempo, -debo creer que tal vez con ocasión de alguna demanda
penal contra un periodista que cometió alguna imprudencia al referirse a
alguien que era acusado de una conducta ilícita,- se ha dado en llamar
“presunto” a todo aquel que tiene alguna relación con una conducta típica
penal, sin detenerse a pensar si la expresión resulta adecuada y lógica, por lo
que se ha vuelto como una irracional muletilla que se emplea permanentemente
para referirse a todo aquel que no ha sido juzgado. Por eso, con frecuencia, en
la televisión nacional y en los noticieros de las grandes cadenas, escuchamos
dar la noticia, por ejemplo, sobre unos individuos que fueron capturados en el
momento en que consumaban un asalto a una residencia, y acto seguido se
refieren a ellos como los “presuntos
asaltantes”, y muchos otros casos parecidos. Recordemos que “presunto”, según la primera acepción
del Diccionario de la Real Academia es “supuesto”,
expresión que el mismo diccionario define
como “suposición, hipótesis”. Es decir, que presunto es aquello que se supone,
aquello que no ha sido verificado, que no ha sido comprobado. Por ello mismo,
la segunda acepción de presunto, contempla que “Se dice de aquel a quien se considera posible autor de un delito antes
de ser juzgado.” Pero una cosa es cuidarse de hacer falsas imputaciones a
una persona que no ha sido juzgada, cuando no existe certeza sobre la comisión
de una conducta punible, y otra muy distinta es irrespetar la lógica y la
sindéresis. ¿Qué duda puede existir de que alguien es un asaltante, cuando ha
sido sorprendido asaltando una residencia? ¿Acaso a quien comete asalto no se
le llama asaltante, como también se llama legislador al que legisla, y timador
al que tima? ¿Qué duda puede existir de que un individuo es el autor de un
homicidio, cuando lo cometió ante cinco personas que lo aprehendieron en el
acto? Es claro que en este caso no se necesita suponer nada, ni elaborar una hipótesis para concluir con certeza que
ese individuo es un homicida. Por ello, repetimos, resulta divorciado de la
lógica que se anuncie, por ejemplo que alguien fue capturado en el momento en
que daba muerte a otro en un bar de una puñalada por la espalda, para de
inmediato referirse al autor del crimen como el “presunto homicida”, pues en
estos casos no hay nada que presumir, nada que suponer, no hace falta elaborar
ninguna hipótesis “Watsoniana”, permítaseme la expresión, para concluir que
estas personas son las autoras de un delito de homicidio y por lo tanto, y sin
lugar a dudas, homicidas. Naturalmente, cosa distinta es, por ejemplo, el caso
de alguien a quien en su casa le son
hallados los elementos robados días antes,
y por ese hecho es sindicado de ser el autor del robo. Ese si es un
presunto delincuente, como puede serlo, también, quien es sindicado de matar a
su mujer, porque el síndrome indiciario lo señala como el autor del crimen,
pero nadie dice haberlo visto cometer el hecho.
(Publicado en La Opinion. Sábado 6 de julio de 2013)
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