LO PRESUNTO Y LO HIPOTÉTICO


En esta  época, cuando el periodismo, radial, televisivo y escrito, llegan prácticamente a toda la población, se ha constituido en un factor muy importante no solo en la información y análisis de los acontecimientos, sino un medio muy eficaz de educación, y  de manera especial en un instrumento para  la difusión del buen uso del lenguaje. Desde hace algún tiempo, -debo creer que tal vez con ocasión de alguna demanda penal contra un periodista que cometió alguna imprudencia al referirse a alguien que era acusado de una conducta ilícita,- se ha dado en llamar “presunto” a todo aquel que tiene alguna relación con una conducta típica penal, sin detenerse a pensar si la expresión resulta adecuada y lógica, por lo que se ha vuelto como una irracional muletilla que se emplea permanentemente para referirse a todo aquel que no ha sido juzgado. Por eso, con frecuencia, en la televisión nacional y en los noticieros de las grandes cadenas, escuchamos dar la noticia, por ejemplo, sobre unos individuos que fueron capturados en el momento en que consumaban un asalto a una residencia, y acto seguido se refieren a ellos como los “presuntos asaltantes”, y muchos otros casos parecidos. Recordemos que “presunto”, según la primera acepción del Diccionario de la Real Academia es “supuesto”, expresión que el mismo diccionario define como “suposición, hipótesis”. Es decir, que presunto es aquello que se supone, aquello que no ha sido verificado, que no ha sido comprobado. Por ello mismo, la segunda acepción de presunto, contempla que “Se dice de aquel a quien se considera posible autor de un delito antes de ser juzgado.” Pero una cosa es cuidarse de hacer falsas imputaciones a una persona que no ha sido juzgada, cuando no existe certeza sobre la comisión de una conducta punible, y otra muy distinta es irrespetar la lógica y la sindéresis. ¿Qué duda puede existir de que alguien es un asaltante, cuando ha sido sorprendido asaltando una residencia? ¿Acaso a quien comete asalto no se le llama asaltante, como también se llama legislador al que legisla, y timador al que tima? ¿Qué duda puede existir de que un individuo es el autor de un homicidio, cuando lo cometió ante cinco personas que lo aprehendieron en el acto? Es claro que en este caso no se necesita suponer nada, ni elaborar  una hipótesis para concluir con certeza que ese individuo es un homicida. Por ello, repetimos, resulta divorciado de la lógica que se anuncie, por ejemplo que alguien fue capturado en el momento en que daba muerte a otro en un bar de una puñalada por la espalda, para de inmediato referirse al autor del crimen como el “presunto homicida”, pues en estos casos no hay nada que presumir, nada que suponer, no hace falta elaborar ninguna hipótesis “Watsoniana”, permítaseme la expresión, para concluir que estas personas son las autoras de un delito de homicidio y por lo tanto, y sin lugar a dudas, homicidas. Naturalmente, cosa distinta es, por ejemplo, el caso de  alguien a quien en su casa le son hallados los elementos robados días antes,  y por ese hecho es sindicado de ser el autor del robo. Ese si es un presunto delincuente, como puede serlo, también, quien es sindicado de matar a su mujer, porque el síndrome indiciario lo señala como el autor del crimen, pero nadie dice haberlo visto cometer el hecho.
(Publicado en La Opinion. Sábado 6 de julio de 2013)

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